El Gobierno provincial todavía no emitió la normativa pertinente para la aplicación de las nuevas restricciones dispuestas por la Nación ante la segunda ola de la pandemia de coronavirus. Sin embargo, fuentes oficiales anticiparon algunas de las pautas que la ciudadanía deberá tener en cuenta hasta el 30 de abril.
Uno de los aspectos que más consultas generó fue el de la circulación. ¿En qué casos se necesitará un permiso para permanecer en la vía pública en Tucumán?
En principio, dentro del horario comprendido por las 6 y las 0 no existen impedimentos para transitar por las calles de la provincia.
Tampoco para utilizar el servicio de transporte público (colectivos y taxis) ni para realizar actividades en esa franja horaria.
En cambio, explicaron fuentes oficiales, se espera que en la nueva disposición que emita el Comité Operativo de Emergencia (COE) quede establecido que entre las 0 y las 6 de cada día sólo podrán circular en la vía pública "las personas que revistan el carácter de personal esencial definido por la normativa vigente, los trabajadores de aquellas actividades autorizadas que sólo puedan ser cumplidas dentro de esa franja horaria y los casos de urgencias debidamente justificadas".
De este modo, los ciudadanos y ciudadanas que estén comprendidos por estas excepciones deberán contar con un certificado de libre circulación que se puede tramitar a través del sitio del COE provincial (hacé clic acá) o de la web de la Nación (hacé clic acá), según corresponda por la actividad.